SOLICITUD DE VISAS POR PARTE DE JEFES PARA SUS TRABAJADORES
Algunos jefes o dueños de compañías con ciudadania podrán solicitar al servicio de inmigración traer hacia los Estados Unidos algún trabajador no relacionado con alguna actividad agricultora por medio del formulario I-129; siempre y cuando el empleador (jefe) cumpla con ciertos requisitos.
¿QUIENES CALIFICAN?
Para poder ser elegible:
- Se deberá de demostrar que la persona es altamente competente para realizar este tipo de labor o función y que no hay otra persona que califique para esta vacante.
- Que contratar al empleador con visa H-2B no afectara al sueldo de mas empleados con tareas parecidas.
Que la labor a desempeñar por el empleador es temporal sin importar que puedan ser permanentes, debe contar conque nunca ha contratado a alguien mas para que realice este tipo de labores o funciones.
Al igual que el empleador, el trabajador también deberá de cumplir por ciertos requisitos y obtener una carta de certificación laboral por el Departamento de Trabajo de los EE.UU.
Para la aplicación H-2B el gobierno a destinado 66,000 durante todo el año fiscal, desde que se inicia el nuevo año fiscal estar disponibles las primeras 33,000 seguido de la segunda mitad del año fiscal las demás entraran a proporción o lista de aprobación. Una vez se cumple el limite de 66,000 H-2B no habrá mas capacidad para este tipo de aplicaste.
PROCESO PARA APLICAR AL H-2B
1.) El peticionario presenta una solicitud de “Certificación de Empleo Temporal para Mano de Obra Extranjera del DOL”. Antes de solicitar la clasificación de no inmigrante (H-2B) ante la USCIS, el peticionario debe de solicitar y tener primero la certificación de Empleo Temporal de parte del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (DOL por sus siglas en ingles).
2.) Después, el solicitante debe de presentar el formulario I-129 ante la USCIS. Luego de recibir la Certificación de Empleo Temporal el empleador debe de presentar el Certificado de Empleo junto con el formulario I-129 ante inmigración.
3.) Luego los trabajadores que estén por fuera de EE.UU deben solicitar visa o admisión, una vez la USCIS apruebe la su formulario H-2B deben de realizar la solicitud de visa en una Embajada o Consulado estadounidense en el extranjero.
Las solicitudes de visas fueron paradas por el congreso a mitad del año pasado hasta que se de una nueva orden de reabrir las autorizaciones de H-2B.
Aunque el periodo de estadía de la aprobación para el Estatus no Inmigrante H-2B tiene una duración de tres años, el gobierno designa su renovación cada año. Para la solicitud de familiares de empleados H-2B podrán hacerlo si tienen hijos menores de 21 años por medio del formulario H-4B, pero no calificara para trabajar mientras se encuentren en esa categoría.
Hay unas secuencias a seguir por parte del empleador que deberá notificar a tiempo ante la USCIS en caso de que el empleado incurra a su labor al inicio de sus tareas mediante la visa H-2B.
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